14 Feb 2026

Desgravar y deducir el renting como autónomo

Puedes deducir hasta el 50% del IVA de tu renting sin demostrar nada. Si es para uso profesional exclusivo, el 100% y también reducir tu IRPF. Esa es la clave para un ahorro fiscal real.

Imagen de una maqueta de coche con el dinero de los impuestos del renting

Fiscalidad del renting: por qué IVA e IRPF no funcionan igual

Vamos al grano con los números:

ImpuestoUso mixtoUso 100% profesional
IVADeduces el 50%Deduces el 100%
IRPFNo deduces nadaDeduces el 100%

Esta es la base de la fiscalidad del renting para autónomos. Parece simple, pero los matices cambian según tu profesión, tu régimen fiscal y cómo uses el vehículo.

Hacienda presume que usas el coche al 50% para trabajar. Por eso te deja deducir esa mitad del IVA sin pedirte pruebas. Pero en el IRPF aplica un criterio de todo o nada: si el vehículo también lo usas para llevar a los niños al cole o ir al supermercado, no puedes deducir ni un euro de la cuota mensual como gasto.

¿La consecuencia práctica? Un autónomo con una cuota de renting de 400€/mes (84€ de IVA incluido) puede recuperar 42€ mensuales de IVA sin complicaciones. Eso son 504€ al año. Pero para deducir los 316€ de la cuota base en su IRPF, necesita demostrar que el coche solo lo usa para trabajar.

Quién puede deducir el 100% sin demostrar nada

La ley del IVA reconoce que ciertas profesiones necesitan el vehículo como herramienta esencial. Si trabajas en alguna de estas actividades, puedes deducir el 100% tanto del IVA como del IRPF:

  • Agentes comerciales colegiados (epígrafe IAE 511)
  • Taxistas y conductores VTC
  • Transportistas y repartidores
  • Profesores de autoescuela
  • Vigilantes de seguridad

Para el resto de autónomos (consultores, diseñadores, abogados, médicos…), la cosa se complica. Puedes deducir el 50% del IVA, pero el IRPF queda fuera de tu alcance salvo que tengas pruebas sólidas de uso exclusivo.

Novedades en 2026: furgonetas con ventaja

En junio de 2025, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) cambió las reglas del juego para autónomos con furgonetas y vehículos comerciales. Antes, tú tenías que demostrar que el vehículo era solo de trabajo. Ahora, si tu furgoneta tiene características profesionales evidentes, es Hacienda quien debe demostrar que lo usas para fines personales.

¿Qué cuenta como características profesionales?

  • Rotulación permanente con tu logo
  • Estanterías o herramientas fijas
  • Mampara de separación
  • Carrocería industrial

Si eres fontanero, electricista, carpintero o cualquier oficio donde uses furgoneta rotulada, esta resolución te beneficia directamente. Para turismos genéricos, la situación sigue igual de complicada.

Cómo demostrar uso profesional si tienes un turismo

Si no perteneces a las profesiones con deducción automática y quieres deducir más del 50% del IVA (o algo en el IRPF), necesitas construir un caso sólido:

1. Segundo vehículo familiar. Tener otro coche a nombre de tu pareja o en propiedad personal para uso familiar es la prueba más contundente. Demuestra que el de renting se dedica íntegramente al trabajo.

2. Rotulación permanente. Colocar tu logo, nombre comercial y teléfono en el vehículo cuesta entre 200€ y 600€ (deducibles). Los tribunales lo valoran mucho. Tiene que ser permanente: vinilos o pintura, no imanes desmontables.

3. Registro de desplazamientos. Un libro de ruta con fecha, kilómetros, origen, destino, motivo y cliente visitado. Puede ser en papel, Excel o app. Lo importante es que sea coherente con tu consumo de combustible.

4. Estacionamiento en la empresa. Si tienes local profesional, guardar el vehículo allí durante fines de semana y festivos refuerza tu posición.

Otros gastos del renting que también puedes deducir

La cuota mensual incluye seguro, mantenimiento, ITV e impuesto de circulación. Todo esto se deduce automáticamente junto con la cuota, aplicando el mismo porcentaje (50% o 100%).

Pero hay gastos adicionales que puedes añadir:

GastoDeducción IVARequisito
Combustible50-100%Factura completa (no ticket) con tu NIF y matrícula
Peajes100%Justificante + motivo profesional del desplazamiento
Parking100%Factura + relación con la actividad
Neumáticos50-100%Factura a tu nombre

Dato importante: las multas de tráfico nunca son deducibles. Ni en IVA ni en IRPF. Sin excepciones.

Si tributas por módulos, olvídate del IRPF

Los autónomos en régimen de estimación objetiva (módulos) no pueden deducir el gasto del renting en su IRPF. El sistema calcula el rendimiento con parámetros fijos, sin considerar gastos reales.

Solo los autónomos en estimación directa (normal o simplificada) tienen acceso a estas deducciones, según establece la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. Si estás en módulos y el renting te interesa por sus ventajas fiscales, quizá sea momento de plantearte el cambio de régimen con tu asesor.

Renting frente a compra: el ahorro fiscal real

Con renting deduces la cuota completa como gasto corriente. Si pagas 400€/mes, deduces 4.800€ al año en tu base imponible.

Si compras un coche de 24.000€, solo puedes amortizar el 16% anual máximo: 3.840€ cada año durante más de 6 años.

ConceptoRenting (400€/mes)Compra (24.000€)
Deducción año 14.800€3.840€
Deducción año 24.800€3.840€
Deducción año 34.800€3.840€
Total 3 años14.400€11.520€
Desembolso inicial0€24.000€ (o entrada)

El renting te da liquidez fiscal inmediata. Pagas menos impuestos desde el primer año y evitas inmovilizar capital. Si quieres profundizar en esta comparativa más allá de lo fiscal, tenemos un análisis completo de renting vs comprar coche donde desglosamos todos los costes reales.

Además, con Smart Car Renting ya tienes incluidos seguro a todo riesgo, mantenimiento, neumáticos e ITV. Menos facturas que gestionar, más fácil de justificar.

Ventaja contable del renting

Cuando compras un coche, entra en tu balance como activo fijo. Tienes que amortizarlo durante años y, si lo financias, la deuda aparece en tu pasivo.

Con renting, nada de eso. La cuota es un gasto operativo que deduces en el mismo ejercicio en que la pagas. No engrosa tu balance, no afecta a tu ratio de endeudamiento y simplifica tu contabilidad. Para un autónomo que lleva sus números al día (o que paga a un gestor por hacerlo), menos líneas en la contabilidad significa menos coste de gestión.

Errores que Hacienda no perdona

1. Deducir el 100% sin ser de las profesiones especiales. Si no eres comercial colegiado, taxista o transportista, Hacienda regularizará la deducción. Pagarás lo que debías más intereses de demora y posibles sanciones del 15% al 50%.

2. Confundir IVA con IRPF. Deducir el 50% del gasto en IRPF pensando que funciona igual que en IVA es un error común. En IRPF, uso mixto significa cero deducción.

3. Usar tickets en lugar de facturas. Los tickets de gasolinera no sirven para deducir IVA. Necesitas factura completa con tu NIF. Pídela siempre.

4. Inconsistencias en el registro. Si declaras 30.000 km profesionales pero tu consumo de combustible no cuadra, Hacienda lo detectará. Los datos tienen que ser coherentes.

¿Te conviene el renting por ahorro fiscal?

El renting te conviene si cumples al menos dos de estas condiciones:

  • Haces más de 15.000 km al año
  • Perteneces a una profesión con deducción del 100%
  • Prefieres cuota fija sin sorpresas de mantenimiento
  • No quieres inmovilizar capital en un activo que se deprecia
  • Valoras cambiar de coche cada 2-4 años

No te conviene si haces menos de 10.000 km anuales (el coste por kilómetro se dispara) o si tienes intención de quedarte el coche más de 7 años.

Documentación que debes conservar

Hacienda puede revisar tus deducciones durante 4 años. Guarda:

  • Contrato de renting a tu nombre con NIF
  • Todas las facturas mensuales con desglose de IVA
  • Justificantes de pago (domiciliaciones bancarias)
  • Facturas de combustible con matrícula
  • Registro de desplazamientos profesionales
  • Fotos del vehículo rotulado (si aplica)

Si contratas con Smart Car Renting, recibes una factura mensual con todo el desglose. Una única factura que incluye alquiler, seguro, mantenimiento, ITV y asistencia en carretera. Simplifica mucho la contabilidad.

¿Cuánto puede desgravar de renting un autónomo?

Depende de cómo uses el coche. Con una cuota de 400€/mes (IVA incluido), el mínimo que recuperas es 504€ al año solo del IVA (50% automático).

Si demuestras uso 100% profesional, la cifra sube a 1.008€ de IVA más la deducción completa de la cuota base en tu IRPF — que, dependiendo de tu tipo marginal, puede suponer entre 1.500€ y 2.400€ adicionales de ahorro.

En total, un autónomo que deduce al 100% puede ahorrarse entre 2.500€ y 3.400€ al año en impuestos con un renting de 400€ mensuales.

No. Las deducciones fiscales del renting son exclusivas para autónomos y empresas. Como particular, no puedes desgravar ni el IVA ni la cuota en tu declaración de la renta. No hay ningún mecanismo fiscal que lo permita actualmente en España.

Eso sí, el renting para particulares tiene otras ventajas: cuota fija mensual con todo incluido, sin entrada y sin preocuparte de mantenimiento ni seguros. No ahorras en impuestos, pero sí en tiempo y en sustos.

El 21%. En una cuota de 400€ con IVA, el IVA supone unos 69,42€. Si deduces el 50%, recuperas 34,71€ al mes (416,52€ al año). Si deduces el 100%, recuperas los 69,42€ íntegros.

Depende. Si tu actividad no requiere desplazamientos habituales (por ejemplo, programador freelance que trabaja en remoto), Hacienda puede cuestionar que el vehículo sea necesario para tu trabajo. La deducción del 50% del IVA es viable, pero el IRPF será difícil de justificar.

No afecta a la fiscalidad. Al finalizar el contrato, pagas o te devuelven la diferencia según el precio por kilómetro acordado. Con Smart Car Renting, el precio del exceso y el defecto es el mismo, así que no hay penalización extra.

Sí. Si tu situación cambia (por ejemplo, te colegas como agente comercial), puedes empezar a aplicar el 100% desde ese momento. Lo mismo si dejas de cumplir los requisitos: debes ajustar el porcentaje a la baja.

No. El renting es un alquiler operativo, no financiación. No figura en la Central de Información de Riesgos del Banco de España ni afecta a tu capacidad de endeudamiento.

No como tal, pero el vehículo debe constar en tu Modelo 036/037 como elemento afecto a la actividad si vas a deducir gastos. Tu gestor puede incluirlo en la próxima modificación censal.