Sí. Cualquier persona con carnet de conducir en vigor puede conducir tu coche de renting. Si tienes carnet en vigor y el titular te deja las llaves, puedes conducirlo.
Ahora bien, las condiciones del seguro y las responsabilidades varían según la empresa de renting con la que tengas el contrato. Esto es lo que debes revisar antes de prestar el coche.
Legalmente, el renting es un contrato de arrendamiento. El coche pertenece a la empresa de renting (propietario), tú eres quien firma el contrato (titular) y quien lo conduce puede ser cualquier persona (conductor).
No existe ninguna normativa que obligue a que el conductor sea el titular del contrato. Funciona exactamente igual que con un coche comprado: el dueño puede ser uno, el seguro estar a nombre de otro y conducirlo un tercero.
Lo que sí importa es que el conductor:
Aquí es donde cada empresa funciona diferente. Antes de prestar tu coche, comprueba estos puntos:
Algunas empresas exigen que los conductores tengan 21, 23 o incluso 25 años. Si tu hijo de 19 años quiere conducir y tu contrato tiene esta restricción, el seguro podría no cubrirle en caso de accidente.
Muchos contratos exigen 1 o 2 años de antigüedad del permiso de conducir. Un conductor novel podría no estar cubierto aunque tenga carnet en vigor.
Hay empresas que exigen que registres a los conductores adicionales antes de que usen el coche. Si no lo haces y hay un siniestro, pueden rechazar la cobertura.
Algunas compañías cobran entre 10 y 50€ al mes por cada conductor adicional que añadas al contrato. Otras lo incluyen sin coste.
El seguro puede tener una franquicia de 150-500€ que pagas tú en caso de siniestro, independientemente de quién conduzca.
El titular del contrato siempre es el responsable ante la empresa de renting.
Si prestas el coche a tu pareja y tiene un accidente, las comunicaciones, reclamaciones y gestiones serán contigo. Tú respondes del estado del vehículo y del cumplimiento del contrato.
En la práctica:
Estas son las diferencias más habituales:
| Condición | Otras empresas | Smart Car Renting |
|---|---|---|
| Edad mínima conductor | 21-25 años | 18 años |
| Antigüedad del carnet | 1-2 años | Sin requisito |
| Conductor adicional | 10-50€/mes | Incluido |
| Registro previo | Obligatorio | No necesario |
| Franquicia del seguro | 150-500€ | Sin franquicia |
Antes de contratar un renting (o antes de prestar el coche si ya lo tienes), pregunta específicamente por estos cinco puntos.
En nuestro caso, el seguro a todo riesgo cubre a cualquier conductor mayor de 18 años con carnet en vigor. Sin requisito de antigüedad, sin registro previo, sin coste adicional y sin franquicia.
Puedes prestar el coche a quien quieras sin avisar ni pagar más. La cobertura funciona en España y en toda la Unión Europea.
Lo que no cambia: tú sigues siendo el titular del contrato y el responsable ante nosotros si pasa algo.
Sí, siempre que cumpla los requisitos de edad y carnet de tu contrato. En la mayoría de empresas no hace falta ni avisar.
Depende de tu contrato. Si exige edad mínima de 21 años o antigüedad de carnet de 2 años, no estaría cubierto por el seguro. Revísalo antes. En nuestro caso, no hay requisitos de antigüedad.
La mayoría de seguros de renting cubren la conducción en la Unión Europea. Fuera de la UE, depende del contrato. Algunos exigen autorización previa o seguro adicional para ciertos países.
Si tu contrato exige registrar conductores adicionales y no lo has hecho, la aseguradora puede rechazar la cobertura. Tendrías que asumir los daños de tu bolsillo.
Esta web utiliza cookies para mejorar tu experiencia. Puedes aceptarlas, configurarlas a tu medida o leer las políticas.